Periódico EL
REDACTOR, es un medio de comunicación escrito independiente y vanguardista con
jurisdicción en la provincia de Santa Elena, con una visión objetiva,
imparcial, de servicio y responsabilidad social.
Acorde al Art.
No. 9 de la Ley Orgánica de Comunicación en la que se manifiesta textualmente:
“Los medios de comunicación públicos, privados y comunitarios deberán expedir
por sí mismos códigos deontológicos orientados a mejorar sus prácticas de gestión
interna y su trabajo comunicacional. Estos códigos deberán considerar las normas
establecidas en el artículo 10 de esta Ley. Los códigos deontológicos no pueden
suplir a la ley”, y en consideración a lo que establece el mencionado artículo sobre
las normas mínimas deontológicas prescritas para que las personas naturales o
jurídicas participantes en el proceso comunicacional.
Para dar
cumplimiento a la Ley Orgánica de Comunicación en sus artículos 9 y 10,
Periódico EL REDACTOR, basado en sus principios éticos, crea el siguiente
Código Deontológico:
CÓDIGO DEONTÓLOGICO
CAPÍTULO 1
Definición Conceptual
Artículo 1.- El presente Código Deontológico
tiene como propósito mejorar el proceso comunicacional
de forma responsable, libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa
que garantice el trabajo, la gestión y el ejercicio profesional de los
comunicadores sociales que laboran en este medio de comunicación escrito.
Este Código
Deontológico tiene un gran valor estratégico y de alcance institucional para el
Periódico EL REDACTOR, así como para todos los directivos y empleados que son
los responsables directos de su cumplimiento.
CAPÍTULO 2
Principios Generales
Artículo 2.-
Misión y Visión del Periódico EL REDACTOR
Misión: Periódico EL REDACTOR,
es un medio de comunicación escrito comprometido
con los intereses de la ciudadanía de la Provincia de Santa Elena mediante la
entrega de información confiable y veraz de carácter noticioso, comunitario,
social, cultural, investigativa y de entretenimiento sobre los acontecimientos
que se suscitan en una de las regiones más jóvenes del Ecuador
Visión: Establecerse como líder
de los medios de comunicación escritos de la provincia de Santa Elena y del
Ecuador.
Artículo 3.- De los derechos: Los
comunicadores sociales del Periódico EL REDACTOR gozan de los derechos garantizados
en la Constitución de la República y en La Ley Orgánica de Comunicación tales
como el derecho a la cláusula de conciencia, derecho a la reserva de la fuente,
derecho a mantener el secreto profesional, el libre ejercicio de la
comunicación y a los derechos laborales.
CAPÍTULO 3
Normas y Principios Deontológicos
Artículo 3.- Normas Deontológicas: Periódico EL
REDACTOR, acata las siguientes políticas establecidas en la Ley Orgánica de
Comunicación:
1.- Sobre la Dignidad Humana
a.- Respetará
la reputación y la honra de las personas, fomentando el respeto y la diversidad
de pensamiento, los derechos humanos, los principios de libertad de expresión y
el derecho que poseen todas las personas de tener acceso a una información contrastada,
oportuna y veraz. Por tal razón manifiesta su compromiso de evitar la
publicación de notas y artículos periodísticos que atenten contra la honra y
moral de los ciudadanos.
b.- Se abstiene de realizar
y difundir contenidos y comentarios discriminatorios por parte de los
profesionales que integran el staff
periodístico, en la que se expresen desigualdades en derechos, deberes y
oportunidades, ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal
o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el
reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de los ciudadanos, tal como lo
establece la Constitución de la República del Ecuador.
c.- Respetará la intimidad
personal y familiar, absteniéndose de publicar de forma escrita o por medio de
imágenes fotográficas información que atente contra la dignidad, la honra y la
integridad familiar así como también evitando la difusión de contenidos discriminatorios o
sexuales.
2.- Grupos de Atención Prioritaria
a.- No
incitará a que los niños, niñas y adolescentes imiten comportamientos
perjudiciales o peligrosos para su salud; para lo cual establece que en su parrilla
de contenidos, no incluirá la publicación de comentarios e imágenes que atenten
contra los derechos de los grupos de atención prioritaria, en cumplimiento con
lo establecido en la Constitución de la República que dictamina el cumplimiento
de los derechos de los ciudadanos y de manera especial de los grupos considerados
vulnerables entre ellos niños, niñas, adolescentes, personas con capacidades especiales
y adultos mayores.
b.- Se abstiene de usar y
difundir imágenes o menciones identificativas que atenten contra la dignidad o
los derechos de las personas con graves patologías o discapacidades; acorde con la identificación de su público lector,
este medio evitará la publicación de contenidos, reportajes o noticias que
inciten a imitar comportamientos perjudiciales y peligrosos para la salud,
especialmente aquellos que puedan ocasionar daños a este grupo vulnerable de la
sociedad.
c.- Por el respeto al lector, a la familia y a la intimidad
personal, evitará la publicación de juicios de valor que reflejan indicios de
burla hacia las discapacidades físicas o psíquicas de las personas.
d.- Se Abstendrá de difundir
imágenes o menciones identificativas de niños, niñas y adolescentes como
autores, testigos presenciales o víctimas de actos ilícitos; salvo el caso que,
en aplicación del interés superior del niño, sea dispuesto por autoridad competente.
e.- Protegerá el derecho a la imagen y privacidad
de adolescentes en conflicto con la ley penal, en concordancia con las
disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia.
f.- Se abstiene de emitir
contenidos que atenten contra la dignidad de los adultos mayores, o proyecten
una visión negativa del envejecimiento.
3.- Sobre el ejercicio profesional
a.- Los comunicadores
sociales del Periódico EL REDACTOR, respetarán los preceptos constitucionales
de verificación, oportunidad, contextualización y contrastación en la difusión
de información de relevancia pública o interés general, porque están obligados a
cumplir y actuar con absoluta responsabilidad con su actividad periodística
para evitar que este contenido ocasione alguna repercusión negativa en la
sociedad.
b.- En
su afán de informar, se abstendrán de omitir y tergiversar intencionalmente
elementos de la información u opiniones en sus contenidos difundidos, por lo
que tienen la obligación de proporcionar a la ciudadanía una información objetiva,
veraz y oportuna durante el ejercicio de sus actividades periodísticas.
c.- Los comunicadores
sociales del Periódico EL REDACTOR obtendrán la información e imágenes para su
trabajo periodístico a través de métodos lícitos, respetando los derechos de autor
y estableciendo como normas básicas las citas, referencias y en general las
normas de propiedad intelectual cuando el caso amerite la publicación de este
tipo de datos. Para tal efecto, se establece además que no se recurrirá a
engaños ni al uso de grabadoras o cámaras ocultas para la obtención de
información. En ningún caso se grabarán declaraciones sin el consentimiento
expreso del entrevistado.
d.- Los comunicadores
sociales del Periódico EL REDACTOR realizarán la correcta revisión de las
imágenes y de la información, para evitar un tratamiento morboso a la
información sobre crímenes, accidentes, catástrofes u otros eventos similares, sin
incurrir en la falta de respeto hacia las personas afectadas, de tal manera que
los titulares y material fotográfico no perjudiquen la susceptibilidad del
lector y de terceras personas.
e.- Los comunicadores
sociales del Periódico EL REDACTOR defenderán y ejercerán el derecho a la
cláusula de conciencia a través del libre ejercicio de su profesión, tal como
lo establece la Ley Orgánica de
Comunicación.
f.- Impedirán la censura
en cualquiera de sus formas, independientemente de quien pretenda realizarla, ejerciendo
sus derechos de libertad de expresión, el libre acceso a la información.
g.- Por ningún motivo
adquirirá compromisos políticos, comerciales o de cualquier otra índole, que
interfieran en su labor periodística y que pretenda distorsionar, omitir o
desviar el verdadero sentido de la información tal como aconteció.
h.- Ejercerán y respetarán
los derechos a la reserva de fuente y el secreto profesional.
i.- Se abstendrán de usar
la condición de periodista o comunicador social para obtener beneficios personales
como dinero, prebendas o favores de ningún tipo a cambio de publicar o dejar de
publicar información de interés para la comunidad.
j.- No utilizarán en
provecho propio o de intereses particulares, información privilegiada, obtenida
en forma confidencial bajo reserva de fuente durante el ejercicio de su función
informativa. La información recabada, sea esta de carácter económico, político,
jurídico o de cualquier otra índole será de uso exclusivo para fines
informativos.
k.- Respetarán y harán
respetar los derechos de autor de toda clase de contenidos incluido información
e imágenes que se originen de toda actividad periodística creativa, así como
también respetarán las normas de citas.
4.- Relacionados con las prácticas de los
medios de comunicación social:
a.- Periódico
EL REDACTOR y sus comunicadores sociales respetan la libertad de expresión, de
comentario y de crítica, tal como lo establece la Constitución de la República
del Ecuador y la Ley Orgánica de Comunicación.
b.- Cuando exista
un pedido verbal o escrito, se compromete a realizar una rectificación o
aclaración de una persona natural o jurídica, institución pública o privada que
se considere afectada por una información u opinión difundida por este medio de
comunicación. Para ello, se rectificará o aclarará en un plazo de 72 horas, en el mismo espacio,
sección y página, siempre y cuando objetivamente se demuestre que ha sido falsa
o errónea la información difundida.
c.- En caso
de realizar publicaciones de carácter investigativa donde exista una presunta
infracción penal o administrativa, respetará el derecho a la presunción de
inocencia, que es una garantía consagrada en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos y en tratados internacionales sobre Derechos Humanos. Dicha
publicación periodística se realizará si estrictamente cumple con los preceptos
constitucionales de verificación, oportunidad, contextualización y contrastación
de la información.
d.- Se abstiene
de difundir publireportajes como si fuese material de carácter informativo tal
como lo establece su parrilla de
contenidos.
e.- Cuidará que
durante el proceso de redacción y edición de la información, los titulares
guarden coherencia y consistencia con el contenido escrito de las noticias,
entrevistas o reportajes que se publiquen.
f.- Identificará
de forma clara cada una de sus publicaciones periódicas diferenciándolas entre
noticias y opiniones; así como el material informativo, editorial y comercial o publicitario; establecido en la
clasificación de contenidos para que el lector los identifique sin ninguna
dificultad.
g.- Periódico
EL REDACTOR evitará difundir bajo ningún precepto información o contenido que
expresen de forma positiva o avalorativa las conductas irresponsables que
atenten contra el medio ambiente.
h.- Asumirá la responsabilidad de la información
y opiniones que se difundan a través de sus publicaciones, en el caso de que no
provenga de una fuente plenamente identificada.
i.- Se
abstendrá de realizar la publicación de todo tipo de información u opiniones
concertadas y reiterativas que busquen desprestigiar o dañar la honra,
credibilidad pública y el buen nombre de personas naturales o jurídicas, es
decir que por ningún motivo realizará prácticas de linchamiento mediático.
El
incumplimiento de las normas deontológicas establecidas en este artículo podrá
ser denunciado por cualquier ciudadano u organización ante la Superintendencia
de la Información y Comunicación, la que, luego de comprobar la veracidad de lo
denunciado, emitirá una amonestación escrita, siempre que no constituya una
infracción que amerite otra sanción o medida administrativa establecida en esta
Ley.
Artículo 4.- Principios
1.- Principios Deontológicos
a.- Contenidos.- Periódico EL REDACTOR,
establece como unos de sus principios deontológicos,
que sus contenidos informativos y publicitarios no contendrán mensajes
discriminatorios, pre-juiciosos, ni imágenes que fomenten la violencia, el
sexismo, el consumo de alcohol, tabaco o cualquier sustancia controlada,
pornografía ni otras acciones, que puedan causar malestar al público lector.
b.- Propiedad Intelectual.- Toda
información y material de audio o fotográfico obtenido durante el proceso de
trabajo periodístico es de propiedad de este medio de comunicación.
c.- Clasificación de Contenidos.- Periódico EL
REDACTOR cumple con la clasificación de contenidos, identificando en sus
publicaciones regulares cada uno de ellos, sean de carácter informativo,
opinión, formativos, educativos, culturales, entretenimiento, deportivos o
publicitarios, para que el lector los identifique.
2.- Principios de Participación.- Periódico EL
REDACTOR contempla la inclusión y la participación en forma individual o
colectiva, de las ciudadanas y los ciudadanos en los procesos de la
comunicación, promoviendo el respeto a la libertad de expresión, de comentario
y de crítica. En este sentido, asegura que a través de sus contenidos fomentará
los espacios para que las autoridades, funcionarios públicos y ciudadanía en
general expresen sus criterios, tomando siempre en consideración el respeto
hacia las demás personas.
3.- Principio de interés superior de niñas,
niños y adolescentes.- Periódico EL REDACTOR promoverá de forma
prioritaria el ejercicio de los derechos a la
Comunicación
de las niñas, niños y adolescentes, atendiendo el principio de interés superior
establecido en la Constitución y en el Código de la Niñez y la Adolescencia.
4.- Principio de transparencia.- Periódico EL REDACTOR difundirá sus políticas
editoriales e informativas y su código deontológico en portales web o en un
instrumento a disposición del público.
CAPÍTULO 4
Responsabilidades
Artículo 5.- Responsabilidades de los
contenidos
Periódico EL
REDACTOR como responsable de los contenidos que se publiquen en sus ediciones
regulares cuidará que en sus respectivas secciones informativas o publicitarias
no se violen los valores y los derechos fundamentales de los ciudadanos, consignados en la Constitución y en los instrumentos
internacionales de derechos humanos; de igual manera cumplirá con ellos
concediéndoles el derecho a la réplica o al derecho a la rectificación cuando
existan deficiencias en la verificación, contrastación y precisión de la
información de relevancia pública.
Artículo 6.- Responsabilidad de las opiniones
El Periódico
EL REDACTOR como responsable de su editorial no emitirá comentarios u opiniones
que fomenten la discriminación social, política o económica, afecten los derechos
y garantías constitucionales de los ciudadanos ecuatorianos o que atenten contra la soberanía y unidad nacional.
CAPÍTULO 5
Obligaciones
Articulo 7.- De los empleados y comunicadores
sociales
a.- Los
empleados y comunicadores sociales del Periódico EL REDACTOR tienen la
obligación de ser respetuosos, responsables y cumplidores de todas sus
actividades inherentes a sus funciones dentro de la empresa periodística.
b.- Exigirá
a la empresa respeto para sus creencias políticas, ideológicas y religiosas.
c.- Asumir conjuntamente
con la empresa la responsabilidad de toda información elaborada por ellos y
difundirla sin que ésta haya sufrido alteración ajena a su voluntad y que
cumpla con su objetivo de informar, educar y entretener.
b.- Cuidar
que la información y material obtenidos en relación al trabajo periodístico y dentro
del ámbito de competencia no se transmitan a terceros bajo ningún concepto.
2.- De la empresa periodística
a.- Facilitar
capacitación técnica a sus comunicadores sociales.
b.- Garantizar
un apropiado ambiente de trabajo.
c.- Dotar de
recursos económicos, técnicos y materiales suficientes para el adecuado
ejercicio de su profesión y desarrollo de sus labores periodísticas
DISPOSICIONES FINALES
Una vez
suscrito el presente Código Deontológico, Periódico EL REDACTOR se compromete a
crear los mecanismos necesarios para socializarlo entre el personal que labora
en este medio de comunicación escrito y convertirlo en una herramienta de
trabajo indispensable y necesario para un eficiente desarrollo del proceso
comunicacional entre los ciudadanos y el Estado Ecuatoriano.
Dado
y firmado en el cantón La Libertad, provincia Santa Elena, a los 15 días del
mes enero del 2.014
Karina del
Pezo Ramírez
REPRESENTANTE
LEGAL
PERIÓDICO EL
REDACTOR
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